Sentencia Tribunal Supremo Federal - Alemania

TRIBUNAL SUPREMO FEDERAL
EN NOMBRE DEL PUEBLO

SENTENCIA

IV ZR 135/92
Promulgado:
el 23 de junio de 1993
Wermes, oficial asistente judicial

en el litigio

La cláusula científica restringe también los métodos utilizados para aliviar una enfermedad a aquellos reconocidos como científicos. Pero especialmente con enfermedades incurables, en donde la calidad de un método no se puede medir según éxito de curación, falta el reconocimiento generalizado por parte de la medicina convencional de los métodos de tratamiento aplicado en la práctica para el alivio o para la prueba científica de un éxito de curación.
El Tribunal Supremo Federal ha determinado, para tal caso (se trata de esclerosis múltiple, caso que aun no está bajo la Ley AGB - ley alemana sobre condiciones generales de contratación), que el tratamiento practicado (incluso por la mayoría de los médicos un centros hospitalarios) no puede ser denominado como reconocido científicamente en forma generalizada, debido a que la causa de esta enfermedad todavía no habría sido investigada y por lo tanto cualquier tipo de tratamiento tiene necesariamente el carácter de experimental porque no tiene el respaldo de la certeza médica (sentencia de 2 de diciembre 1981 - IVA ZR 206/80 - VersR 1982 285 bajo III 4).
El Tribunal Supremo Federal ha confirmado la resolución del tribunal de apelación que declara la negativa de la aseguradora en el cumplimiento a su deber como una violacíon contra la buena fe.
No se puede aplicar aquí una restricción a la evaluación del caso individual según § 242 del Código Civil aplicado al control de contenido según § 9 AGBG ignorado (ver Brandner en Ulmer / Brandner / Hensen nota marginal 9 supra § 34 y ss.).
El grupo de los casos de enfermedades incurables en las que no hay ningún método de tratamiento reconocido científicamente no es tampoco tan pequeñas como para ser ignorados en la forma de enfocar en la generalización necesaria y tipificante(BGHZ 110, 241 , 244).
Esto lo muestran claramente las enfermedades como la mencionada esclerosis múltiple, el SIDA (véase OLG Munich, VersR, 1992 , 1124 ), las grandes áreas del cáncer (véase Tribunal Regional Superior de Braunschweig, NJW en 1991. 2971), pero también las enfermedades menos conocidas como el colon irritable (Tribunal Regional Superior de Braunschweig. NJW -RR 1993, 162).
En todos estos casos se excluye un reembolso, según § 5 párrafo 1f MS / KK 76, solo si no se han establecido, sin ninguna excepción, tratamientos específicos de la medicina convencional para las enfermedades incurables.

Original:

BUNDESGERICHTSHOF
IM NAMEN DES VOLKES

URTEIL

IV ZR 135/92
Verkündet am: 23. Juni 1993
Wermes Justizassistent des
Urkundsbeamter der Geschäftsstelle

in dem Rechtsstreit

Die Wissenschaftlichkeits-klausel beschränkt jedoch auch die Methoden zur Linderung einer Krankheit auf wissenschaftlich allgemein anerkannte. Gerade aber bei unheilbaren Krankheiten, bei denen sich die Qualität einer Methode nicht am Heilerfolg messen lassen kann, fehlt den in der Praxis angewandten Behandlungsmethoden zur Linderung oder auch zur wissenschaftlichen Erprobung eines Heilerfolges die allgemeine Anerkennung durch die Schulmedizin.
Für einen solchen - noch nicht dem AGB-Gesetz unterliegenden - Fall (es handelte sich um Multiple Sklerose) hat der Bundesgerichtshof ausgeführt, auch die von der überwiegenden Zahl der Ärzte und Krankenanstalten geübte Behandlung könne nach den Feststellungen das Berufungsgerichts nicht als wissenschaftlich allgemein anerkannt bezeichnet werden, weil die Ursache dieser Krankheit noch immer nicht erforscht sei und jede Art der Behandlung deshalb zwangsläufig experimentellen Charakter habe, ohne daß der Nachweis medizinischer Richtigkeit geführt werden könne (Urteil vom 2. Dezember 1981 - IVA ZR 206/80 - VersR 1982, 285 unter III 4).
Der Bundesgerichtshof hat die Auffassung des Berufungsgerichts bestätigt, nach der die Weigerung des Versicherers, die Leistung zuzusagen, gegen Treu und Glauben verstoße.
Eine auf den Einzelfall abstellende Beurteilung gemäß § 242 BGB hat bei der Inhaltskontrolle nach § 9 AGBG jedoch außer Betracht zu bleiben (vgl. Brandner in Ulmer/Brandner/ Hensen aaO § 9 Rdn. 34ff.).
Die Fallgruppe der unheilbaren Krankheiten, bei denen es keine wissenschaftlich allgemein anerkannte Behandlungsmethode gibt, ist auch nicht so gering, daß sie bei der gebotenen generalisierenden und typisierenden Betrachtungsweise (BGHZ 110, 241, 244) vernachlässigt werden könnte.
Das machen Krankheiten wie die erwähnte Multiple Sklerose, Aids (vgl. OLG München, VersR 1992, 1124), weite Bereiche von Krebs (vgl. OLG Braunschweig, NJW 1991. 2971), aber auch weniger bekannte Krankheiten wie z.B. colon irritable (vgl. LG Braunschweig. NJW-RR 1993, 162) deutlich.
In all diesen Fällen schließt § 5 Abs. 1f MS/KK 76 eine Kostenerstattung aus, soweit sich nicht ausnahmsweise auch bei unheilbaren Krankheiten bestimmte Behandlungsmethoden in der Schulmedizin durchgesetzt haben.


Comentarios

  1. El gran problema de la MEDICINA CONVENCIONAL es que desconoce NO solo la causa de una enfermedad, sino de TODAS. Esta medicina, con sus postulados vagos e imprecisos, hacen de ella un permanente intento de remediar y paliar los sintomas, por su desconocimiento TOTAL sobre el caracter y significado de las enfermedades. Cualquier persona, con sentido lógico de las cosas se daria cuenta que la naturaleza es PERFECTA sólo nos queda humildemente a obedecer sus leyes y no hacer el papel permanente de remendones o corregidores de sus "errores"-pretención ridicula de la ortodoxia actual-. Los que nacieron como brujos y hechiceros reclaman AHORA un remanente de cientificismo, caracter que NUNCA han tenido ni tienen. Y todavia se hacen denominar de medicina cientifica usurpando el derecho de poseer la verdad, dictan sus reglas y normas al resto de la humanidad escondiendo sus verdaderos fines mercantilistas, lucrar con la ignorancia de la gente, practica que vienen sosteniendo desde la edad media. Ojalá que con el advenimiento de la internet se difunda NUEVOS enfoques acorde a las leyes de la naturaleza, algo que se viene sosteniendo desde la época de Hipócrates: Cual es? SOLO LA NATURALEZA CURA. Por lo tanto cabe a la medicina y los médicos interpretar correctamente este postulado y al fin cada enfermo debe saber que las enfermedades NO son fenómenos provenientes del exterior, son consecuencia de nuestros actos cuotidianos, implica modo de alimentarse, estilo de trabajo, convivencia emocional con nuestros seres mas cercanos,relaciónes de conflicto duradero o esporádico con el entorno, aspiraciones desmedidas, tensiones o conflictos no resueltos, no saber diferenciar lo principal de lo secundario, querer ser "rico"a toda costa alimentando nuestro ego y estrechez mental.....en fin buscar el punto de equilibrio en nuestra vida espiritual y somática. Recordemos lo que escribia Louis Kunhe TODAS LAS ENFERMEDADES SON CURABLES PERO NO TODOS LOS ENFERMOS.

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  2. Gracias por el comentario. Ojala cada vez más médicos comprendan la nueva y verdadera visión de la NMG purificando así sus conocimientos errados de la vieja medicina,

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